Obras Asistenciales

Son funciones del Diputado de Obras Asistenciales:

a) Promover, impulsar, gestionar y evaluar las actuaciones de la Hermandad en el campo de las Obras de Asistenciales, dentro de las líneas generales que haya fijado la Junta de Gobierno, y coordinar la labor de los grupos de trabajo que pudieran constituirse para llevar a cabo estas actividades.

b) Desarrollar cuanto disponen estas Reglas en materia de asistencia a los hermanos necesitados, enfermos, ancianos y desvalidos y encargarse de coordinar la presencia de la Santísima Virgen de la Hiniesta Visitadora en los domicilios particulares y de promover la asistencia a los entierros de los hermanos fallecidos.

c) Favorecer la colaboración de la Hermandad en materia de Obras Asistenciales con la Parroquia de San Julián y con otras Hermandades o Instituciones eclesiásticas o civiles con las que se aprecie identidad de objetivos.

d) Informar, al menos trimestralmente, al Cabildo de Oficiales de las gestiones realizadas y de sus resultados así como de los proyectos previstos para el futuro más inmediato, procurando mantener reservada la identidad de los beneficiarios.

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